Los
legajos del personal
¿Están los legajos del personal completos y actualizados
para presentar ante las posibles inspecciones de la AFIP y de los organismos del
trabajo?
En
esta nota analizaremos los datos que deben contener los legajos del personal
antes del inicio de la relación laboral, al momento del ingreso del trabajador,
durante su permanencia en el empleo y al cese de la relación laboral.
Legajo Personal:
Debe contener toda la documentación referente al empleado, desde
su búsqueda o contratación hasta su egreso.
A continuación se detallan los elementos que deben contener en cada etapa:
1) Antes de ingresar al empleo:
- Formulario
de solicitud de ingreso donde conste la fecha y la firma del empleado
- Fotocopia
de antecedentes, curriculum, títulos, etc.
- Informe
médico preocupacional
- Constancia
del número de C.U.I.L. extendido por la ANSES
- Tramitación
de la Clave de Alta Temprana, “C.A.T.” y Constancia de Aceptación
(RG-AFIP Nº 899)
- Declaración
de alta a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (Res. SRT 320/99, suspendida
por Res. SRT 489/99 y prorrogada la suspensión por 45 días desde el
15/05/00 por Res. SRT 410/00).
2)
Al ingresar al empleo:
- Copia
del contrato de trabajo o acuerdo individual celebrado
- Declaración
de opción del régimen jubilatorio elegido: Estatal o AFJP (Ley 24241 Arts.
30 y 43 y complem)
- Fotocopia
del DNI (1ª y 2ª hojas) y declaración de domicilio actualizado
- Formulario
de AFIP Nº 572 -impuesto a las ganancias- (Art. Nº 14 RG-DGI 4139 y
modificatorias)
- Declaración
de ingresos de otros empleadores o declaración de no tener pluriempleo
(Art. Nº 14 RG-DGI 4139 y modificatorias)
- Personal
en situación de pluriempleo: notificación de la opción de concentración
de aportes y contribuciones (Dto. 292/95 Art. 9º y Dto. 492/95 Art. 9º)
- Trabajadores
a tiempo parcial que perciben remuneración inferior a 3 MOPRES: notificación
en caso de ejercer la opción por los beneficios de la obra social (Dto.
492/95 Art. 8º)
- Declaración
jurada de “No percepción de beneficios jubilatorios” (Art. Nº 12 Inc.
h) Ley Nº 24241) o
- Copia
de comunicación a la ANSES, de corresponder, del reingreso de beneficiarios
del régimen previsional público (Ley Nº 24241, Art. 34, P.6)
- Declaración
jurada de “No percepción del subsidio por desempleo” (Ley Nº 24013 Tít
IV, Dto Nº 739 y Res. Nº 223 MTySS)
- Declaración
de beneficiarios para los seguros de vida obligatorio (Dto. Nº 1567/74) y
convencionales (CCT)
- Copia
de la declaración jurada del trabajador y su grupo familiar adheridos al
sistema nacional del seguro de salud (CODEM Form. de ANSES Nº PS.5.3)
- Constancia
fehaciente de notificación al trabajador de las normas que rigen el régimen
de asignaciones familiares (Res. SSS 112/96 – Anexo – Ap. A) Punto 6)
- Formulario
de declaración jurada de ANSES del grupo familiar para el cobro de
asignaciones familiares o de su inexistencia (Form. de ANSES PS.2.4)
- Solicitud
de cobro de asignaciones familiares (cuando ambos cónyuges trabajen, sean
beneficiarios de jubilación o pensión o del seguro por desempleo), por
aquel a quien, en función de su monto, su percepción le resulte más
beneficiosa. La opción puede ejercerse 2 veces por año (Res. SSS 112/96
– Anexo – Ap. A) Punto 7)
- Documentación
del grupo familiar: acompañar, de corresponder, fotocopias de:
- Certificado
de matrimonio y DNI del cónyuge
- Certificado
de nacimiento y DNI de cada hijo menor de 18 años
- Hijos
discapacitados (sin límite de edad): además, certificado de discapacidad
- Sólo
en caso de percibir asignaciones familiares: certificados de escolaridad
al inicio y finalización de cada curso escolar.
- De
corresponder, copia de los siguientes Forms. de ANSES:
- PS.2.3:
Solicitud de pago de asignaciones familiares por Discapacidad
- PS.2.5
A: Solicitud para la percepción de asignaciones familiares cuando no las
percibe el cónyuge o concubino
- PS.2.2
A: Solicitud de pago de asignación familiar por Matrimonio
- PS.2.6
A: Solicitud de pago de asignación familiar por Nacimiento/Adopción
- Constancia
de notificación de apertura de cuenta bancaria personal para el pago de
haberes, empresas con más de 25 trabajadores y empresas que hayan optado
por adherirse a este sistema de pago (Res. MTySS 644/97 y 790/99).
3) Durante la relación laboral:
- Toda
documentación que avale los cambios respecto al inicio
- Constancias
de entrega de ropa de trabajo (CCT)
- Comunicación
de licencias (vacaciones anuales, sin goce de haberes, otras) (LCT)
- Solicitudes
de excedencias
- Copia
de la solicitud de “Libre Elección de Obra Social”, de los trabajadores
que hubieran hecho uso de la opción (Dto. 1560/96 y modif., Res. SSSal
37/98) y, a partir del 01/01/2001, Dto. 446/00
- Comunicaciones
de inasistencias, justificadas o no
- Sanciones
disciplinarias
- Libretas
de trabajo o sanitarias, en caso de corresponder
- Registros
de accidentes y denuncias efectuadas a la ART; a la Subsecretaría de
Trabajo; indemnizaciones abonadas
- Todo
intercambio telegráfico cursado con el empleado, cualquiera sea el motivo
- Copia
del Form. de DDJJ 649 -informes y / o retenciones impuesto a las ganancias,
de corresponder- (Art. 20 RG-DGI 4139 y modificatorias).
4) Al cese de la relación laboral:
- Documento
que acredite el cese (telegrama de despido, de renuncia, otros...)
- Copia
firmada de la recepción de la “Certificación de Servicios y
Remuneraciones” (Form. de ANSES PS.6.2)
- Copia
del Form. de DD JJ 649 -informes y/o retenciones impuesto a las ganancias,
por la liquidación final, de corresponder- (Art. 20 RG-DGI 4139 y
modificatorias).
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